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La aplicación de esta resolución debe verse registrada en los estados financieros de los bancos a partir del mes de marzo
La Superintendencia de Bancos (Sudeban) publicó las normas contables para que los bancos registren los 'beneficios netos originados en las operaciones que realizan en calidad de oferentes en el Sicad 2', según se señala en la resolución 048 14 contenida en la Gaceta Oficial No 40.393.'El saldo de los beneficios netos realizados que se originen en virtud de la participación de las instituciones bancarias en condición de oferentes en el Sicad 2 deberan ser contabilizado en la cuenta 354.00 'Ganancia o pérdida realizada por operaciones Sucad 2', señala el artículo 1 de la norma.La aplicación de esta resolución debe verse registrada en los estados financieros de los bancos a partir del mes de marzo, cuando entró en funcionamiento el Sicad 2.La cuenta 'debe ser considerada dentro de las partidas para determinar el patrimonio primario nivel 1', agrega la resolución.
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