La Superintendencia de Precios Justos ha adecuado en los últimos días los montos en los cuales deben venderse ciertos productos de higiene (toallas sanitarias, desodorantes, maquinas de afeitar desechables; cloros, lavaplatos y desinfectantes; champú para el cabello y pañales para bebé), como una vía para garantizar los precios adecuados en cada eslabón de la cadena y su acceso al pueblo.En las tres providencias administrativas que fijan los nuevos precios, de fechas 4 y 5 de septiembre y 30 de agosto, se precisa que los montos deben estar impresos, rotulados, escritos o marcados en forma indeleble por el productor o el importador, en un lugar visible, en el empaque, envase o envoltorio final.Ademas, deben detallar el precio establecido por el organismo estatal, sumar el impuesto al valor agregado (IVA) y el monto final, así como precisar que se trata de precios registrados, determinados o modificados por la Superintendencia.Para este marcaje de precios, la Superintendencia fijó un plazo de 30 días continuos, y hasta que eso ocurra, los establecimientos deben garantizar que los precios de venta estén marcados, indicados o adheridos en los artículos y estar colocados en listas o carteles en lugares accesibles y visibles al público.Del mismo modo, las providencias advierten que los productos que hayan sido marcados con precios inferiores antes de la entrada en vigencia de las nuevas normativas, deberan venderse al menor precio.Asimismo, los productores, importadores, distribuidores mayoristas y vendedores al detal tienen la obligación, según las leyes, de garantizar la existencia y expendio de los productos que cubre la medida, y deben exhibirse en igualdad de condiciones con respecto a artículos similares.Si reciben de sus proveedores los bienes a precios mayores a los establecidos en las providencias, deben notificar a la Superintendencia para que tome los correctivos.... REGRESAR |