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El Ministerio del Trabajo publicó la resolución que norma el Registro Nacional de Entidades de Trabajo, donde deben inscribirse las empresas
¿Cual es la base legal?El Registro Nacional de Entidades de Trabajo esta basado en el artículo 519 de la Ley Organica del Trabajo
(LOT)y en la resolución que lo regula, publicada en la Gaceta Oficial de No 40.655 de fecha 7 de mayo de 2015.¿Quiénes deben registrarse?Todas las empresas con caracter obligatorio. El artículo 2 de la resolución señala que son objeto de aplicación las empresas públicas, privadas, mixtas y de propiedad social, de acuerdo con el artículo 45 de la LOT.¿Dónde se realiza el registro?La resolución establece que el Rnet es
automatizado
completando una planilla electrónica en través del portal web del Ministerio del Trabajo (www.mpppst.gob.ve).¿Cuales son los requisitos?Las empresas deben estar previamente inscritas ante el IVSS, Banavih e Inces. Ademas, deben 'suministrar todos los datos e información sobre el proceso social de trabajo y seguridad social que le requiera el sistema'.¿Cual es la constancia de inscripción?Luego del registro se genera un Número de Identificación Laboral (NIL) emitido a través de certificado electrónico.
¿Cuando debe actualizarse?Se debe actualizar cualquier modificación en la información suministrada originalmente en el sistema, completando la 'Solicitud de Actualización de Datos de la Entidad de Trabajo'.En el caso de las empresas privadas deben presentar Declaraciones Trimestrales dentro de los 15 días habiles siguientes a la culminación de cada período, 'deberan suministrar la información relativa al desarrollo del proceso social del trabajo, condiciones de trabajo, de salud y seguridad laboral, así como los datos de seguridad social'.¿Qué relación tiene el Rnet con la solvencia laboral?La Solvencia la otorgara el Ministerio del Trabajo mediante certificación electrónica a través del sistema del Rnet.
Adicionalmente, la consulta de la condición que posea la Entidad de Trabajo tendra caracter público y de libre acceso por parte de los órganos, entes y empresas del Estado y las instituciones que componen el sistema financiero público y podra ser consultada directamente en el portal web.¿Cual es el plazo para registrarse?Las empresas inscritas en el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos (Rnee) de conformidad con la Resolución No 8.100, del 29 de noviembre de 2012 (Gaceta Oficial No 40.064 del 4 de diciembre de 2012), deberan ingresar al Rnet a objeto de actualizar sus datos dentro de un lapso de noventa (90) días habiles, contados a partir de la publicación de esta Resolución.Las entidades de trabajo establecidas en el Artículo 45 de la LOT, estan obligadas a realizar su inscripción dentro de los ciento veinte (120) días habiles siguientes a la publicación de la presente Resolución. ¿Cuando entró en vigencia la resolución del Rnet?Entró en vigencia con la publicación en la Gaceta Oficial... REGRESAR |
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