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Una multa de entre 500 y 10.000 Unidades Tributarias recibiran aquellos almacenes, depósitos o establecimientos que remarquen el precio de sus productos para intentar generar un margen de ganancia mayor a lo establecido en la Ley de Precios Justos.
Estas multas, basadas en el valor de las Unidades Tributarias, oscilaran entre 75.000 y 1 millón 500 mil bolívares.
Así lo establece la reforma de la Ley de Precios Justos, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.202 el 8 de noviembre, donde ademas se especifica que los establecimientos que incumplan con la obligación de marcaje de precios de forma impresa, rotulada o inscrita, visible e indeleble en el envase, empaque o envoltorio, recibiran la misma sanción o una medida de cierre temporal por 48 horas.
También sera sancionada la falta de exhibición en lugares visibles al público de los bienes y accesibilidad de los servicios que ofrezcan a la venta.... REGRESAR |
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