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En gaceta modificación de instructivo para recálculo de créditos hipotecarios |
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La resolución por medio de la cual se modifica el Instructivo para el Recálculo de los Créditos Hipotecarios de Vivienda otorgados en Moneda Extranjera por Entes no Financieros publicó el Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y el Hábitat en Gaceta Oficial. Se trata de la publicación oficial número 38.802, de fecha viernes 2 de noviembre de 2007.
Esta modificación se realizó conforme a lo dispuesto a la Ley de Reforma Parcial de la Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda.
En esta resolución se señala que el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat y el Instituto Nacional para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (Indecu) serán los organismos encargados de atender los casos presentados por los deudores hipotecarios en moneda extranjera dentro del límite de sus competencias.
Este reglamento establece una metodología para el recálculo de los créditos hipotecarios de vivienda principal otorgados en divisas por entes no financieros de conformidad con las leyes y demás disposiciones normativas que rigen la materia.
Asimismo, contiene la tabla para el recálculo, un instrumento que recopila las condiciones financieras de los créditos hipotecarios otorgados de la referida materia.
Esta tabla está dividida en otras dos de acuerdo con los datos de insumo y los cálculos requeridos denominados Datos del Préstamo y Tabla de Amortización. REGRESAR |
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