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Cerca de 9 millardos de dólares ha utilizado el Gobierno para compras públicas y expropiaciones, y se calcula que otros 9 millardos cuestan los litigios internacionales, como en el caso de las contratistas petroleras y las cementeras. Estos recursos han podido utilizarse para mejorar la calidad de vida de los venezolanos, dijo el economista Ángel Alayón.
Añade que si lo que se quería era implantar una política pública que disminuyera los precios, ha podido regularlos, pero no expropiar una empresa que ahora no le produce ningún bienestar práctico a la población. Un mejor uso alternativo en su opinión- hubiera dado más bienestar a la comunidad, pues con esa suma se ha podido construir 500.000 casas, resolver el déficit de 125.000 policías que hacen falta, según el propio Gobierno, o utilizarlos para desarrollar una mayor y mejor infraestructura escolar.
'Estos dineros se pudieron dedicar a atender esos problemas reales y concretos, en lugar de destinarlos a una compra estatal que lo que hace es sustituir un propietario por otro', señaló Alayón durante el foro Derecho de Propiedad y sus Garantías en la Venezuela actual, organizado por la Universidad Católica Andrés Bello y la Fundación de Estudios de Derecho Administrativo.
La expropiación se justifica económicamente cuando lo que se construye a posteriori representa una mejora para la sociedad. 'El inconveniente con las últimas expropiaciones es que el Gobierno está comprando bienes pero no se crea valor más bien se deterioran, por lo que se desvirtúa la figura de la expropiación. En realidad lo que se ha dado es un programa de compras públicas de empresas', destacó.
El mandato obviado. El profesor Gustavo Grau alertó que la Ley para el Acceso de los Bienes y Servicios no sólo es peligrosa sino también engañosa, porque en su artículo quinto obvia uno de los mandatos de la Ley de Expropiaciones, el cual establece que sólo se aplica si existe la necesidad de declaratoria de utilidad pública. 'Esa es la única razón que la justifica'. La ley no toma en cuenta el mandato, lo que desvirtúa la razón de ser de una expropiación, reitera.
El profesor Victorino Márquez se refirió a otro punto que llamó la atención: el Gobierno viola el artículo 34 de la Ley de Expropiación que estipula el pago justo en dinero y en efectivo.
Sin embargo, se utilizan bonos y papeles con vencimientos a largo plazo para cumplir con los compromisos adquiridos en el proceso de expropiación. 'Eso lo que revela es que el Estado buchón se acabó con la caída de los precios del petróleo'.
También mencionó el hecho de que no se cumplen las garantías consagradas en la ley, como la obligatoriedad de que en el proceso para expropiar un bien participen los tres poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Lo que se ha observado más bien- es un cambio radical en las normas del procedimiento.
Citó como ejemplos el caso de la expropiación de las cementeras para el que se dio un plazo de 60 días para que las partes llegaran a un acuerdo. Si bien no se llegó a tal arreglo, el lapso se estableció. En cambio, con las contratistas petroleras de la Costa Oriental del Lago de Maracaibo el plazo ni siquiera llegó a fijarse. REGRESAR |
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